PARA EXPLICAR MEJOR
EL PODER CONSTITUYENTE
El 10 de enero del 2007, El Presidente invoca al poder
constituyente originario,
omnipresente y omnipotente.
"Tal como lo propuso en su mencionado discurso de Juramentación
–en el que, el Presidente Chávez ha
invocado y convocado el “Poder constituyente
originario” de la Nación, con el objeto de
proceder, con toda urgencia, a una “reforma
integral y profunda de la Constitución”– es
preciso destacar, una vez más, sus conceptos
sobre el poder constituyente originario, pues
reitera, en una forma aun más radical, sus
viejas ideas acerca de tal cuestión.
Para el Presidente Chávez se trata de ese
Poder constituyente originario, que “es omnipotente” y “es la revolución misma” y como la “revolución permanente”. De
manera que ese poder constituyente, siempre
disponible para ser activado “nos permite
relativizar, romper con el racionalismo modernizante
y abrir nuevos espacios y nuevos
tiempos […]”. Pues el Poder constituyente
“rompe, pulveriza el racionalismo de los modernos”
y “nos permite activándolo, incluso,
cambiar el tiempo histórico, [pues] todo es
relativo [como] está demostrado [sic!]”. (Vid.
el texto en Juramentación).
Pero además, el Presidente Chávez identifica como manifestaciones del Poder constituyente originario cualquier expresión masiva de apoyo a su proyecto político o hacia
su persona, como, por ejemplo, las actos del
13 de abril del 2002 en los que una gran cantidad de venezolanos se movilizaron en su respaldo
y contra el golpe de Estado. Pero, en cambio,
no identifica como expresión de tal poder la
manifestación, no menos masiva, que la oposición
organizó dos días antes, pidiendo su
renuncia. Y también considera manifestaciones
del poder constituyente originario los
votantes a su favor en las elecciones presidenciales
del 3 de diciembre pasado, pues
–citamos textualmente al Presidente– “casi
7 millones y medio de votos, esos millones
y millones de almas, corazones y voluntades
no fueron otra cosa sino el poder constituyente
convertido en un día en actor fundamental
de su propia historia”. Resulta así que,
para el Presidente Chávez, el Poder constituyente
originario no es la totalidad del pueblo,
en cuanto titular de la soberanía, que sólo se
expresaría muy ocasionalmente, cuando se
trata de dictar una nueva constitución, sino
que entiende por tal a cualquier parcialidad,
con tal que se manifieste, en algún modo, a
favor de la revolución que el Presidente propugna Tras recordar que para dictar la revolucionaria
Constitución de 1999 convocó al Poder
constituyente, el Presidente dijo, en tono solemne:
“invoco de nuevo al poder constituyente
originario, omnipresente, plenipotenciario,
hoy 10 de enero de 2007 lo convoco de
nuevo”.
Sin embargo, entre la convocatoria a la
Asamblea Constituyente de 1999, y el presente
proyecto de reforma hay varias diferencias
fundamentales. En aquella ocasión
se trataba de un acto revolucionario, mediante
el cual se iba a destruir la Constitución de
1961, formalmente vigente, pero a la que el
Presidente Chávez había calificado de moribunda,
de manera que convocaba al poder
constituyente originario, sin optar por las disposiciones
para la revisión constitucional incluidas
en el texto constitucional que formalmente
estaba aún vigente. Pero, en los
momentos actuales, en que el Presidente reconoce expresamente la vigencia de la Constitución de 1999, que regula explícitamente
las posibles reformas constitucionales, es necesario
que se someta a lo que ella estipula.
Esto quiere decir que si el Presidente, como
lo ha anunciado, pretende utilizar el procedimiento de reforma constitucional, previsto en los artículos 342 al 346 de nuestra
Constitución, deberá someterse a las condiciones allí establecidas. Entonces, lo que el
Presidente debería estar convocando es, en
realidad, el poder de reforma o de revisión
constitucional, y no el poder constituyente originario.
El poder de reforma o de revisión, a
diferencia del poder constituyente originario,
no es soberano, pues está sometido a ciertas
limitaciones señaladas en la misma Constitución.
No podemos tratar aquí, por falta de tiempo
y espacio, la compleja cuestión técnica de
los límites, tanto implícitos como explícitos,
que la Constitución de 1999 impone a cualquier
posible reforma. A reserva de un análisis
más detenido y riguroso, que sólo será posible
realizar cuando se conozca el tenor preciso
de las propuestas presidenciales de reforma,
se puede adelantar que varias de las ideas que
el Presidente ha avanzado, no podrían ser objeto del procedimiento de reforma constitucional,
en virtud de las limitaciones establecidas
en el artículo 342 de la Constitución. Así ocurre,
sobre todo, con aquellas destinadas a hacer
posible lo que el Presidente ha llamado “la vía
venezolana al socialismo” o “el proyecto socialista
bolivariano que ahora apenas comienza".
Fuente: Sobre los conceptos de
Constitución y Poder
Constituyente
en el proyecto político
de Hugo Chávez
Juan Carlos Rey
El texto completo del discurso del Presidente en tal acto, aparece
en el sitio Web de la Asamblea Nacional de la Republica Bolivariana
de Venezuela, versión sin corregir de la Sección de Edición de la
División de Servicio y Atención Legislativa. Texto bajado el 12 de
enero de 2007
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Gracias. :)
Buenas noches Prof. Hernan! Sin ganas de crear conflicto o un señalamiento político ni de su parte ni de la mía, me parece que el vídeo no es el mas indicado para presentar en la situación actual que se vive en el país ya que es publicado por el canal de Voluntad Popular hace un tiempo ya de casi 3 años cuando no se contaba con el poder legislativo como es la Asamblea Nacional, ademas de eso quisiera acotar que lo que se vive actualmente no es ni la cuarta parte de lo que se vivió hace 3 años donde también hubo fallecidos en protestas durante febrero del año 2014 y que sin tener la presencia y presión internacional que se cuenta ahora la única solución era esa la Asamblea Nacional Constituyente que no se hubiese activado tampoco en ese momento a través del CNE como lo fueron el Referendo Revocatorio que también aparece en nuestra constitución y al sol de hoy no se ha dado respuesta al pueblo por las firmas ya presentadas en dicho organinismo. Sin nada mas que agregar gracias por el espacio en clase para debatir y dejo como reflexión ¿Porque querer cambiar leyes a través de una Asamblea Nacional Constituyente si esta en vigencia la constitución que nos dejo el fallecido Presidente Chàvez ?
ResponderBorrarEdgar Parucho CIU B
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
ResponderBorrarAgradezco profundamente tu comentario.
Borrarrequerimos espacios para el debate.
Si desde un aula de clases, se crean este tipo de discusiones con temas actuales del ámbito político, jurídico y de carácter social. Pues Bienvenido todos los comentarios al respecto, en este blog son validas las criticas, posiciones a favor o en contra, de un lado o de otro, lo que se pretende es encontrar desde este rincón un camino al entendimiento, como VENEZOLANOS. y reivindicar LOS VALORES PRINCIPALES DE LOS CIUDADANOS.
Desde un punto de vista Académico y no directamente político, históricamente los cambios de una sociedad requieren de adecuaciones jurídicas debido a las modificaciones sociales y estoy parcialmente de acuerdo con lo que haz indicado, ya no estamos en aquel momento, hoy se debaten otros temas, con otras características, se presentan otros escenarios distintos, y a hasta la presente fecha es totalmente constitucional la Convocatoria, que se ha hecho, tal como lo establece el artículo 348 de la Carta Magna.
Sin embargo, esta abierto el debate, para aclarar dudas, que permitan entendernos como Seres Humanos Imperfectos y valorar ante todo EL RESPETO hacia nuestros semejantes.
SALUDOS